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28/03/2023

¿Qué es un acta de legitimación de firma para país extranjero?

 

Un acta de legitimación de firma para país extranjero es el instrumento notarial que permite a una persona firmar ante notario un documento privado, para que el mismo despliegue sus efectos en un país extranjero.

Frecuentemente acuden ciudadanos a la notaría solicitando que les sea legitimada la firma en un documento que ha de surtir efectos en un país extranjero. Para ello nuestra legislación -al contrario de lo que sucede en muchos países con notariado germánico y no latino- exige el otorgamiento de un acta notarial, no bastando con una simple legitimación de firmas en el documento en cuestión.

Debe tratarse de un documento privado (no notarial), pues en caso contrario lo que procede es el otorgamiento de la correspondiente escritura, no bastando un acta de legitimación de firmas en un documento privado para otorgar por ejemplo un poder.

Un documento privado con firmas legitimadas no deja de ser un documento privado; el hecho de que esté la firma legitimada ante notario no convierte en público al documento. Además, un testimonio de legitimación de firmas sólo da fe de la identidad de la persona firmante; no de la capacidad ni de la suficiencia de la representación.

¿Qué documentación es necesaria para acudir al notario a otorgar un acta de legitimación de firma para país extranjero?

La persona firmante siempre deberá comparecer en la notaría con su DNI. En caso de tratarse de una persona extranjera deberá presentar su pasaporte y NIE, ambos originales y en vigor. En el caso de comparecer en nombre de un tercero será necesario presentar la copia auténtica del poder notarial correspondiente.

  • Documento que debe firmarse para surtir efecto en el extranjero

El documento puede estar escrito en cualquier idioma extranjero, pero la legitimación de la firma sólo se podrá realizar si el notario conoce dicho idioma extranjero o, en su caso, se aporta la correspondiente traducción oficial.

En la notaría de La Eliana podemos legitimar firmas de documentos escritos en idioma inglés o alemán, puesto que la notario conoce ambos idiomas.

¿Cómo se formaliza?

El interesado acudirá a la notaría con el documento en cuestión. Tras identificarse con su documento de identidad, el notario procederá a examinar el documento para comprobar que se adecua a la legalidad. En caso afirmativo se citará al interesado para la firma del acta, en la que firmará el documento en presencia del notario.

Tras ello, el notario dejará constancia en el acta de lo siguiente:

  • Que la firma corresponde al interesado.
  • Que el compareciente conoce el contenido del documento.
  • Y que  su voluntad es que los efectos del mismo se produzcan únicamente fuera de España.

Cumplidas estas formalidades, el notario extenderá el acta, en la cual quedará incorporado el original o fotocopia del documento.

 

 

 

 

 

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