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BANCOSCLÁUSULASCONSUMIDORESENTIDADES FINANCIERASESCRITURASLEGALMORTGAGESPROFESIÓNSOCIEDADESVIVIENDASBankia y CaixaBank: ¿qué pasará con las reclamaciones ya iniciadas por cláusulas abusivas de las hipotecas?

25/09/2020

(Noticia: lawyerpress.com)

Tras conocerse la noticia de la posible fusión de dos de las entidades bancarias más importantes de España, CaixaBank y Bankia, las dudas entre los consumidores y clientes de ambas entidades comienzan a plantearse. Entre las dudas habituales de qué pasará con sus hipotecas, cuentas corrientes o tarjetas, son miles los consumidores que a día de hoy están a la espera de resolución de sus reclamaciones frente a una de estas dos entidades por cláusula suelo, IRPH o gastos de hipoteca, entre otras.

 

reclamador.escompañía online de servicios legales, explica en qué situación quedarían los consumidores con reclamaciones iniciadas por estos motivos frente a Bankia o CaixaBank si la fusión llega a concretarse, así como otras consecuencias a las que pueden enfrentarse los clientes de estas entidades. Por ejemplo, qué pasaría con sus cuentas de ahorro o si pueden ver las condiciones de su hipoteca modificadas de producirse esta operación.

 

  1. IRPH e Hipotecas Multidivisa, en el punto de mira.

reclamador.es advierte que CaixaBank es uno de los bancos españoles más expuestos por IRPH, un asunto que, pese a que se ha ido juzgando en nuestro país, no ha sido hasta hace unos meses, con la sentencia de Europa, cuando se ha producido un volumen realmente alto de reclamaciones de consumidores frente a las entidades bancarias, siendo CaixaBank uno de los bancos con más préstamos hipotecarios referenciados al IRPH en su cartera.

Exposición que tampoco falta en Bankia, como consecuencia de la integración de varias Cajas de Ahorros que tenían tal índice como referencia principal en sus préstamos, ya fuera para la financiación de vivienda libre, ya (como sucedía especialmente con Caja Madrid) en los préstamos otorgados para la adquisición de viviendas de precio tasado (las conocidas como viviendas de protección oficial). En este sentido, señala reclamador.es, es muy posible que el valor de esta fusión dependa en mucho de la Sentencia del Tribunal Supremo que se espera para el próximo día 30 de septiembre en relación a la interpretación y aplicación que dicho Tribunal le dé a la dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 3 de marzo de este año.

De igual forma, CaixaBank es, junto con Bankinter, la entidad más expuesta (y condenada) por la colocación de hipotecas multidivisa, como consecuencia de su anterior adquisición a Barclays del negocio bancario.

  1. Reclamaciones ya iniciadas frente a Bankia y CaixaBank

No solo IRPH. Gastos de formalización de hipotecas, cláusula suelo o tarjetas revolving, son los principales motivos que enfrentan a consumidores y bancos en los tribunales.

Según los datos de reclamador.es en base a las reclamaciones de sus clientes, CaixaBank y Bankia fueron en 2018 el segundo y tercer banco más reclamado por cláusulas abusivas de las hipotecas, únicamente superados aquel año por BBVA.

Actualmente, señala Almudena Velázquez, co-directora legal de reclamador.es “son miles los usuarios bancarios que están a la espera de vista o resolución judicial de su reclamación bancaria frente a Bankia o CaixaBank. Estos consumidores no deben preocuparse, pues sus reclamaciones seguirán teniendo validez, pese a que se produzca la fusión. En estos casos lo que sucede es que la nueva entidad comunica al Juzgado que está llevando el asunto lo que se denomina “sucesión procesal”, es decir, que el banco resultante de la fusión pasa a convertirse en el nuevo demandado, en el estado en que se encuentre el procedimiento; es decir, no hay que volver a poner una nueva demanda.

Según su co-directora legal, reclamador.es espera que “no se produzca un caos en la gestión de esos expedientes judiciales y conservación de la documentación, como sí sucedió en operaciones semejantes de fusión o absorción, lo que perjudica no sólo a la entidad, sino también a los clientes, pues en muchas ocasiones, como por ejemplo con las tarjetas revolving, carecen del contrato original que sólo está en poder de la entidad, y se depende del banco para su aportación”. 

“En ese sentido, esperamos que la fusión, en cuanto a las cuestiones procedimentales, sea ordenada y que todas las partes, tanto las entidades fusionadas como los clientes puedan tener a su disposición y en plazo, la documentación necesaria”, continúa señalando Almudena Velázquez.

  1. Hipotecas y fusión de Bankia y CaixaBank

Todo aquello que está firmado en el contrato de préstamo hipotecario, recuerda reclamador.es, no puede modificarse de forma unilateral por parte de la entidad financiera, por lo que, llegado el momento de unificación de ambas entidades, los consumidores con hipoteca en uno de estos bancos no podrán sufrir la modificación de sus condiciones. Para llevar a cabo cualquier modificación de las condiciones firmadas en la hipoteca deberá realizarse una novación en la que estén de acuerdo ambas partes, es decir, banco y cliente.

Cuestión diferente es todo aquello que no esté detallado en el contrato de préstamos hipotecario firmado ante notario, por ejemplo, las posibles bonificaciones de las que se beneficia el consumidor para rebajar el tipo de interés de su hipoteca. Si esto no estuviera detallado, sí podrían ser modificadas, si bien siempre debe comunicarse por parte del banco al cliente.

  1. Fondos de inversión, depósitos y acciones.

Aunque en un principio los fondos de inversión y depósitos contratados con cada una de estas entidades deben mantenerse en iguales condiciones que las firmadas en su día, hay que estar alertas en cuanto a los fondos y depósitos propios de cada una de ellas, pues la fusión puede provocar no sólo un cambio de denominación, sino también de calificación en cuanto al riesgo de pérdida de capital o diferente rentabilidad, que tiene que ser informada al cliente para darle opción a ponerles fin o a aceptar ese cambio.

Igual sucede con las nuevas acciones, resultantes de la unión de los dos bancos, habrá de comunicarse su valor en bolsa para que el cliente decida qué hacer con ellas.

  1. La reducción de oficinas afecta a los clientes mayores y a la “España vaciada”

Con el anuncio de fusión ya se habla de un ERE de más de 5000 personas, lo que inevitablemente conduce, como también ha sucedido con operaciones semejantes, al cierre de oficinas y sucursales, situación que perjudica, principalmente, explica reclamador.es, a los clientes de edad más avanzada, que es la clientela habitual de la antigua Caja Madrid, que formó parte de Bankia junto con otras seis cajas en 2011. En este sentido, cabe recordar que entre esa población más vulnerable existe además una brecha digital muy importante, por lo que dicho cierre afecta a la calidad del servicio como clientes, pues no están en su mayoría preparados para la gestión de sus ahorros y operaciones por Internet.

Otro tanto cabe decir de lo que se conoce como la “España vaciada”, y que ya venía sufriendo un deterioro importante con el cierre de oficinas (no solo de las ahora entidades que se fusionan) obligando a trasladarse a otros pueblos o a esperar (como se hacía por parte de Bankia y se desconoce si se mantendrá en la nueva situación) a que pasase semanalmente la oficina móvil que atendiera a los clientes.

(Noticia: lawyerpress.com)

 

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